- Es responsabilidad de las personas que hacen una presentación o altavoces con labores docentes para hacer este tipo de presentaciones y conferencias en una manera honesta y abierta, el ejercicio de su mejor habilidad y juicio en beneficio de los participantes, quien, en turno, tratar de mejorar la atención a sus pacientes.
- Es responsabilidad de los oradores y presentadores de ejercer la máxima buena fe en todas las presentaciones de información y tocar a sus responsabilidades como maestros en actividades de FMC. No deben usar sus posiciones, o conocimientos adquiridos allí desde, de tal manera que podría surgir un conflicto entre el interés del CME calidad y el interés de la persona.
- Se reconoce que los conflictos de intereses pueden surgir en muchas situaciones y casos diferentes. Aunque se reconoce que un grado de dualidad de intereses o incluso un conflicto franco de intereses puede surgir de vez en cuando, tal dualidad o conflicto no debe influir negativamente en la calidad de la enseñanza por la facultad o el aprendizaje de los participantes. Cualquiera de estos conflictos deben presentarse abiertamente para que los oyentes pueden formar sus propios juicios sobre la presentación. No debe haber divulgación completa de los hechos de los presentadores’ participación en una zona de conflicto potencial, como la fabricación de un producto farmacéutico o dispositivo que podría ser discutido. medios apropiados de divulgación incluyen anuncio durante la presentación oral y / o una declaración escrita como parte de abstracta, manuscrito completo, o en los materiales del programa de estudios. IPEG requiere altavoces y miembros de la facultad para completar un formulario con información divulgación. Esta información se publicará. El incumplimiento de esta norma dará lugar a la destitución del miembro de la facultad.
- Cuando un uso sin etiqueta de un producto comercial, o un uso en investigación aún no aprobado para cualquier propósito se discutió durante una actividad educativa, IPEG requiere el altavoz de revelar que el producto no está etiquetado para el uso en discusión o que el producto está aún en fase de investigación.
- Las presentaciones deben dar una visión equilibrada de las opciones terapéuticas. uso Facultad de nombres genéricos contribuirá a este imparcialidad. Si se utilizan nombres comerciales, los de varias compañías deben utilizarse en lugar de sólo la de una sola empresa de apoyo.
- Todas las recomendaciones relacionadas con la medicina clínica en una actividad de formación médica deben estar basadas en la evidencia que se acepta dentro de la profesión de la medicina como la justificación adecuada para sus indicaciones y contraindicaciones en el cuidado de pacientes. Toda la investigación científica que se refiere, reportado o utilizado en CME en apoyo o justificación de una recomendación de la atención al paciente debe ajustarse a las normas generalmente aceptadas de diseño experimental, Recogida y análisis de datos.
- Es responsabilidad de los planificadores y la facultad ejercer la máxima buena fe en sus responsabilidades con respecto a las actividades acreditadas de CME.. Los planificadores y la facultad no deben usar sus posiciones o influencia para promover activamente sus intereses personales. (financiero o profesional).
- Cualquier relación financiera con "empresas no elegibles" definidas por ACCME (anteriormente "intereses comerciales") debe ser divulgado a IPEG. IPEG requiere que todas las personas involucradas en la creación de contenido acreditado completen un formulario de divulgación que enumere todas las relaciones financieras entre ellos y las empresas no elegibles definidas por ACCME para el anterior 24 meses. Luego, esta información se revisa y publica en los materiales escritos que acompañan a las actividades acreditadas de CME.. El incumplimiento de esta política por parte de las personas resultará en acciones adversas para esas personas., hasta e incluyendo el despido del individuo de las actividades educativas.
- Las divulgaciones serán revisadas por el Comité de Conflicto de Intereses y / o sus designados antes de la actividad de IPEG CME.. La mitigación de las relaciones financieras relevantes con empresas no elegibles definidas por ACCME para planificadores., presentadores y profesores está determinado por el proceso de mitigación de IPEG.
- Según el Consejo de Acreditación para la Educación Médica Continua (ACCME), una empresa no elegible son aquellas cuyo negocio principal es producir, márketing, venta, reventa, o distribuir productos sanitarios utilizados por o en pacientes. Se les llama "no elegibles" porque no son elegibles para ser acreditados en el sistema ACCME.. La ACCME declara que, ”Se considera que los propietarios y empleados de empresas no elegibles tienen irresoluble relaciones financieras y deben ser excluidos de participar como planificadores o profesores, y no se debe permitir que influya o controle ningún aspecto de la planificación, entrega, o evaluación de educación continua acreditada, excepto en las circunstancias limitadas descritas en la Norma 3.2 ". El Comité CME de IPEG declara que ningún empleado de una empresa no elegible puede presentar o tener ningún control del contenido en las actividades acreditadas por IPEG CME. . Esta política es aplicable a, pero no exclusivo de, facultad invitada, presentadores o autores de resúmenes, presentadores de video, y presentadores de quickshot. Los profesores / oradores que se desempeñan en la Junta de una empresa no elegible y que reciben un salario se considerarán empleados.
Visitar Elegibilidad | ACCME para la definición completa y una lista de todas las excepciones.